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Delegado de UGT Granada gana sentencia a Junta de Andalucía

Abogado de UGT Granada
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Delegado de UGT Granada gana sentencia a Junta de Andalucía. EN LA SENTENCIA SE LE RECONOCE LA ANTIGÜEDAD-TRIENIOS. TENIENDO EN CUENTA LA DURACIÓN EFECTIVA DE LA RELACIÓN LABORAL Y NO LA CANTIDAD DE TRABAJO EFECTUADA DURANTE LA MISMA.

Según Auto de 15 de Octubre del 2019 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), interpretando la Directiva 1999/70 CE, y el Acuerdo Marco, considera lo siguiente. Que el cómputo de trienios y antigüedad de los trabajadores/as fijos discontinuos debe efectuarse sobre el tiempo de contratación , y no sobre el tiempo de trabajo efectivo. Esto último es una discriminación prohibida por la UE. es una ilegalidad. Esta ilegalidad en que incurre, en nuestro caso, la Junta de Andalucía, a la que UGT Granada gana sentencia.

El TJUE declara que la normativa española se opone:

  •  Al Acuerdo Marco sobre el trabajo de duración determinada , que figura en el anexo a la Directiva 1999/70.
  • A la Directiva relativa a la aplicación del principio de igualdad de oportunidades e igualdad de trato entre hombres y asuntos de empleo y ocupación.

Es decir, los trabajadores/as a tiempo completo adquieren el derecho a un trienio al cabo de tres años consecutivos. Incluso si en dicho periodo se incluyen estadios de inactividad, como vacaciones o bajas por enfermedad.

Por ello, UGT Granada gana sentencia. Y el Tribunal de Justicia considera que el hecho de que para calcular la antigüedad de los trabajadores fijos discontinuos sólo se computen los períodos de trabajo efectivo no puede justificarse por la voluntad de evitar la discriminación entre ambos grupos de trabajadores/as.

ANTE ESTA SENTENCIA, UGT SERVICIOS PÚBLICOS GRANADA PONE A DISPOSIÓN DE AQUELLOS AFILIADOS/AS QUE PUEDAN VERSE BENEFICIADOS POR ESTA SENTENCIA EL SERVICIO DE ASESORÍA JURÍDICA GRATUITO PARA LOS MISMOS.